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Sanidad crea la unidad asistencial de Radiofísica Hospitalaria

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó el pasado 26 de marzo el Real Decreto 239/2026, una norma que marca un antes y un después en la organización de la seguridad del paciente en España. Esta regulación modifica el histórico Real Decreto 1277/2003 para adaptar la oferta asistencial a las necesidades tecnológicas actuales, destacando especialmente la creación formal de la Unidad Asistencial de Radiofísica Hospitalaria (U.106)para garantizar que los especialistas en radiofísica supervisen directamente los procesos que utilizan radiaciones ionizantes.

El objetivo central de esta reforma es reducir los «eventos adversos graves» en el sistema sanitario. Según el preámbulo del decreto, la adecuación de la competencia técnica de los profesionales es la variable más relevante para proteger la salud.

Con la creación de la unidad U.106 (Radiofísica Hospitalaria), el Ministerio de Sanidad busca asegurar que todos los centros que realicen procedimientos con radiaciones ionizantes —como radioterapia, medicina nuclear o radiodiagnóstico— cuenten con una estructura organizativa donde el especialista en Radiofísica Hospitalaria tenga un papel garantista y claramente definido.

Hasta ahora, la labor de estos profesionales estaba integrada en servicios transversales. La nueva normativa les otorga una entidad propia como unidad asistencial, lo que implica:

  • Garantía de titulación: Solo profesionales con la especialidad oficial podrán estar al frente de estas unidades.
  • Supervisión técnica: Mayor control sobre la planificación de tratamientos y la optimización de dosis de radiación.
  • Calidad asistencial: Se unifican los criterios de autorización en todas las Comunidades Autónomas, evitando disparidades en la seguridad de los equipos.

Además de la U.106, el decreto introduce la unidad U.107 (Radiofarmacia).

Plazos y entrada en vigor

El Real Decreto entrará en vigor el próximo 1 de julio de 2026. A partir de esa fecha, se abre un calendario de adaptación para el sector:

  • 6 meses para que los centros sanitarios actualicen la información sobre la competencia y titulación de su personal en los registros correspondientes.
  • 1 año para que las Comunidades Autónomas adapten su normativa de autorización y su oferta asistencial a estas nuevas categorías.

Puedes leer el Real Decreto completo en la web del BOE:

Leer Real Decreto